SERVICIOS
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01
Permiso de residencia de corta duración L UE/AELC
El permiso de residencia de corta duración UE/AELC está destinado principalmente a trabajadores por cuenta ajena con un contrato de trabajo de una duración mínima de tres meses y máxima de un año, así como a personas que buscan empleo para una estancia de más de tres meses. Los estudiantes también reciben un permiso por un año, que luego se extiende de año en año hasta la finalización regular de sus estudios. La duración de validez del permiso expedido a los trabajadores corresponde a la duración de la relación laboral. El permiso puede ser prorrogado o renovado.
02
Permiso de residencia B UE/AELC
Los residentes son extranjeros que permanecen en Suiza durante un largo periodo de tiempo, con un fin determinado, con o sin actividad lucrativa. El permiso de residencia es válido por cinco años y puede ser prorrogado. Se expide principalmente a trabajadores por cuenta ajena con contrato de trabajo de duración superior a un año o de duración indefinida. Los trabajadores autónomos que deseen establecerse en Suiza tienen derecho a un permiso de residencia de la misma duración, siempre que puedan demostrar una actividad autónoma efectiva. También obtienen este permiso, con una validez de cinco años, las personas que no ejerzan una actividad lucrativa, siempre que dispongan de medios económicos suficientes para cubrir sus necesidades, así como de un seguro completo de enfermedad y accidentes.
03
Permiso para trabajadores transfronterizos G UE/AELC
Se trata de una cualificación específica expedida a los trabajadores transfronterizos que están empleados en Suiza o que trabajan por cuenta propia y tienen su sede en Suiza. El período de vigencia de este permiso corresponde al del contrato de trabajo siempre que sea superior a tres e inferior a doce meses. Si el contrato de trabajo se establece por una duración superior a un año o indefinida, el permiso se expide por un período de validez de cinco años.
04
Permiso de residencia C UE/AELC
Las condiciones para la expedición de este permiso no dependen de la ALC. Es expedido por las autoridades suizas en virtud de tratados y acuerdos de domicilio o por razones de reciprocidad. Su duración es indeterminada. Los ciudadanos de los estados miembros de Europa Occidental de la UE y de la AELC obtienen en principio un permiso de establecimiento después de cinco años de residencia en Suiza.
ACERCA DE
Nuestros valores
MÁS DE 5000 EMPRESAS, DESDE NUEVAS EMPRESAS HASTA EMPRESAS GRANDES, CONFÍAN EN NOSOTROS
El servicio se basa en la experiencia adquirida por nuestros abogados de inmigración y está orientado a obtener, con el menor gasto de medios y en el menor tiempo posible, el permiso para vivir, trabajar o residir en Suiza.
Un abogado dedicado lo seguirá paso a paso, evaluando sus necesidades individuales y orientándolo hacia la solución más adecuada para sus necesidades específicas.
El servicio está dedicado a ciudadanos particulares, tanto de la UE como de fuera de ella, pero también a empresas que necesitan trasladar a sus trabajadores a territorio suizo.
El proceso está lleno de trampas, por eso es importante contar con profesionales competentes en el sector que puedan evitar los retrasos y problemas que se derivarían de una solicitud de permiso incorrecta.
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La eficiencia y rapidez en la gestión de nuestras prácticas nos caracterizan desde hace más de 20 años.
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Criterios de admisión para ciudadanos no pertenecientes a la UE/AELC
Los únicos ciudadanos no pertenecientes a la UE/AELC autorizados a trabajar en Suiza son ejecutivos, especialistas y otros trabajadores cualificados. Su admisión debe ser en beneficio del interés general de la economía suiza. Se consideran cualificadas aquellas personas que posean un título universitario (de nivel universitario o de universidad de ciencias aplicadas) y varios años de experiencia profesional. Dependiendo de su profesión o especialización, también se admiten personas con formación técnica especial y muchos años de experiencia profesional.
Los trabajadores extranjeros tienen derecho al mismo salario y a las mismas condiciones de trabajo que los ciudadanos suizos.
Los nacionales de terceros países solo podrán ser admitidos en ausencia de un candidato suizo o de un candidato de un Estado miembro de la UE/AELC que cumpla el perfil requerido. La admisión de trabajadores de terceros países está limitada.
BENEFICIOS
Nuestras fortalezas
Sencillez
Simplificamos el proceso acortando los tiempos de burocracia
Exclusivo
Un abogado dedicado le seguirá personalmente de principio a fin.
Hombre destacado
Apertura de posición en 24h
TESTIMONIOS
Lo que dicen de nosotros

Finalmente encontré una abogada especializada en súper visas. Obtuvo mi permiso G en cuestión de semanas. Había malgastado una fortuna con malos abogados que encontré antes.
Filippo S. (Italia)

Trabajé con SwissPermits para obtener mi permiso L. Me impresionó mucho la experiencia, la alta disponibilidad y la excepcional transparencia.
Mark B. (Estados Unidos)

Se lo recomendamos a cualquier fundador que quiera mudarse a Suiza. No hay otro servicio como este. Abogados rápidos y profesionales.
Elizabeth U. (Ucrania)
Preguntas frecuentes
